NO SIEMPRE SOMOS CULPABLES CUANDO LA ADMINISTRACIÓN NOS SANCION NO ES PAÍS PARA VIUDOS.
por el 31 Mar 2008 23:01
A partir del Enero de 2008 la pensión de viudedad en los supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial cambia radicalmente en cuanto a los requisitos para su concesión. Esta nueva modificación legislativa es una mas de las modificaciones que esta prestación ha sufrido en las ultimas décadas; Sin embargo, y para el supuesto de separados, divorciados y matrimonios nulos, es un claro recorte de prestaciones sociales que enmascara una voluntad de ahorro en la caja de seguridad social pa...
NO SIEMPRE SOMOS CULPABLES CUANDO LA ADMINISTRACIÓN NOS SANCION SE MODIFICAN ALGUNOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LA PENSION DE JUBILACIÓN. MAP & ASOCIADOS.
por el 31 Mar 2008 22:58
El pasado día 1 de enero de 2008, entraron en vigor las nuevas medidas en materia de Seguridad Social, según la Ley 40/2007, de 4 de diciembre. Con esta ley se establecen varias modificaciones que afectan, sustancialmente, a la INCAPACIDAD TEMPORAL, INCAPACIDAD PERMANENTE, JUBILACIÓN y VIUDEDAD. En este artículo decidimos centrar la atención sobre algunas modificaciones que se han hecho para el acceso a la pensi...