NO SIEMPRE SOMOS CULPABLES CUANDO LA ADMINISTRACIÓN NOS SANCION NO ES PAÍS PARA VIUDOS.
por el 31 Mar 2008 23:01
A partir del Enero de 2008 la pensión de viudedad en los supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial cambia radicalmente en cuanto a los requisitos para su concesión. Esta nueva modificación legislativa es una mas de las modificaciones que esta prestación ha sufrido en las ultimas décadas; Sin embargo, y para el supuesto de separados, divorciados y matrimonios nulos, es un claro recorte de prestaciones sociales que enmascara una voluntad de ahorro en la caja de seguridad social pa...